Cada tipo de Derecho de Autor se encuentra reglamentado por las normas correspondientes establecidas por cada sector de Propiedad Intelectual.
Por ejemplo: Si hablamos de un software, Se necesitarán datos precisos del mismo y una copia del programa o sus códigos fuentes. Si hablamos de una obra inédita, se necesitará dos copias de la obra y los datos correspondientes del autor y/ o titular.
- 2. Se enviará a la firma un formulario de debe ser firmado por el titular y cuya firma deberá ser certificada por banco o escribano.
- 3. Se presentará en las siguientes formas: Diskette, Cd, Impreso en Papel, Etc.
- 4. Esta obra se deposita dentro de un sobre cerrado y lacrado, el cual estará firmado por la misma persona que firmó el formulario en las uniones del sobre.
- 5. El derecho sobre esa obra, una vez presentada tiene vigencia por tres año y con derecho a ser renovadas.
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